El pasado sábado día 29 de Diciembre se ha publicado finalmente el BOE que recoge las nuevas medidas a aplicar a los RETA en el año 2019.

 

Adjunto BOE completo y un resumen que recoge las principales novedades que afectarán a los autónomos. Las medidas que aquí se recogen ENTRAN EN VIGOR 01.01.2019.

 

  • Cotización obligatoria por todas las contingencias por lo que se establece un tipo de cotización único (30%), al ser obligatoria la cobertura por AT y EP desaparece la cotización del 0,1% para el SREL, en cambio en los autónomos agrarios el resto de coberturas seguirán siendo voluntarias.
  • El tipo de cotización único (30%) se aumentará progresivamente , en 2020 será del 30,3%, en 2021 del 30,6% y se fijará en el 31% en 2022.
  • La base mínima de cotización aumenta en 944,40 €, por lo que el autónomo que elija la base mínima pasará a pagar 283, 32 €,  (64 euros más al año) ;los que cumplan los requisitos para la tarifa plana pasarán a pagar 60€ en lugar de los 50€ establecidos hasta el 31.12.2018. En la tarifa plana entran todas las coberturas a excepción del Cese de Actividad y el 0,10 de prevención y formación.
  • Los autónomos que tengan la cobertura de CC y estén adheridos al INSS con anterioridad a enero de 1.998, será obligatoria la formalización de todas las coberturas con una mutua cuya fecha de efecto será 01.06.2019.
  • El periodo de percepción de prestación por Cese de Actividad se duplica.
  • Se aplaza la regulación de la actividad a tiempo parcial de los autónomos.
  • A partir del 61 día de baja,  el autónomo dejará de pagar las cuotas cuyo responsable del ingreso serán las mutuas o INSS (en cuanto a las contingencias comunes y profesionales)  y en lo referente al CATA será el SEPE.
  • La TGSS podrá dar de baja de oficio cuando genere la providencia de apremio al autónomo que no pague las cuotas.