El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictaminado recientemente  que Hacienda devuelva la tributación por IRPF de una prestación por maternidad que, según el fallo, debe quedar exenta de tributación

 

 

Este tema no es nuevo. En 2013, ante las dudas generadas por otro Tribunal,  la propia Agencia Tributaria emitió una nota informativa en la que indicaba que este tipo de prestaciones estaban sujetas y tributaban como rentas del trabajo. En cambio, ahora, el TSJ de Madrid, mediante este fallo, sostiene que se trata de una renta exenta y que no debe tributar. Por ahora no existe una unificación doctrinal al respecto, pero hasta que esto se produzca, esta sentencia del TSJ de Madrid ha elevado las posibilidades de ganar el procedimiento en vía judicial . No obstante, hay matices importantes que merece la pena conocer.

 

 

El efecto de la sentencia se ciñe al caso en concreto y no genera jurisprudencia, pero sí que genera la posibilidad, de que los contribuyentes que hayan cobrado la prestación por maternidad desde 2012 pudieran reclamar  la devolución del IRPF, ya que todos los años anteriores habrían prescrito.

 

 

 

Los Pasos para una posible reclamación serían los siguientes:

 

  1. Escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos ante la propia Administración.
  2. Lo más probable es que nos contesten desfavorablemente, por lo que deberemos presentar alegaciones correspondientes.
  3. Una vez contestadas las alegaciones podremos interponer recurso de reposición.
  4. El siguiente paso sería una Reclamación Económico Administrativa que será resuelta esta última por el Tribunal Económico Administrativo Regional correspondiente y fallarán probamente en contra, desestimando nuestra pretensión y así agotando la vía administrativa.
  5. Por último, reclamar judicialmente. Finalizada la vía administrativa podremos iniciar un procedimiento judicial que es dónde más viabilidad tiene este procedimiento, para lo cual tendremos dos meses para interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente.

 

 

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