Bases: Orden 2960/2018 (BOPC 09-08-2018). Cofinanciadas por FEDER

Convocatoria 2019: Orden 5056/2019. Extracto (BOCM 12-07-19)

 

Plazo solicitudes: 15 días hábiles contados desde el día siguiente publicación extracto convocatoria en BOCM. Desde el 15-07-2019 al 02-08-2019.

 

La presentación de las solicitudes será tramitada por el beneficiario por vía telemática

 

Objeto: Las ayudas se destinarán a financiar la creación, inicio de actividad y consolidación de nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up’s y NEBT’s) y el crecimiento de pymes de alta intensidad innovadora, en actividades empresariales innovadoras que requieran el uso de tecnologías y/o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora o del conocimiento generado por los organismos de investigación domiciliados en la Comunidad de Madrid y/o en el mercado, y en las que la estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnología.

 

El contenido de los proyectos y actividades a subvencionar deberá encuadrarse en las áreas temáticas de desarrollo tecnológico-empresarial de interés regional identificadas como prioritarias en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de la Comunidad de Madrid (RIS3), siguientes: (detalle en anexo I)

 

— Área de nanotecnología, materiales avanzados, tecnologías industriales y del espacio.

— Área de salud, biotecnología, agua y agroalimentación.

— Área de energía, medio ambiente y transporte (incluida aeronáutica).

— Área de tecnologías de la información y las comunicaciones.

 

Requisitos beneficiarios:

 

  1. A los efectos de la presente convocatoria se considerarán empresa, las personas jurídicas constituidas válidamente como empresas o que estén en proceso de constitución como tales en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, que de forma habitual ejerzan o tengan previsto ejercer una actividad económica dirigida al mercado, y que tengan su domicilio fiscal y, al menos, un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid desde el que desarrollen o tengan previsto desarrollar las actividades subvencionadas.

 

  1. Para ser beneficiarios de estas ayudas, el proyecto empresarial a desarrollar y las actividades incluidas en el mismo, objeto de estas ayudas, deberán estar encuadradas en alguna de las líneas de ayuda previstas en la presente convocatoria, de acuerdo con lo siguiente:

 

Los beneficiarios de estas ayudas deberán tener la categoría de pequeñas empresas (Líneas 1 y 2) y de pequeñas o medianas empresas en el caso de la Línea 3, en el momento de la presentación de la solicitud o, en su caso, haber iniciado los trámites para su constitución como empresa, en el caso de que los solicitantes estén encuadrados en la Línea 1.

 

  1. a) Línea 1: Creación e inicio de actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (start up), con menos de 1 año de antigüedad.

 

Nuevas empresas innovadoras de base tecnológica cuyo plan de negocio y actividades se refiera a la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos o científicos que posibiliten el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su futura introducción en el mercado, siempre que sus gastos e inversiones en I+D representen al menos un 10% del total de sus costes de explotación desde el inicio de su actividad empresarial, que en el momento de presentación de la solicitud de ayuda sean promotoras de actividades innovadoras de base tecnológica dirigidas a su comercialización futura en el mercado.

 

  1. b) Línea 2: Consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (NEBT´s) con más de 1 año y menos de 5 años de antigüedad

 

 

Jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de un año y menos de 5 años de actividad empresarial, cuyo plan de desarrollo de negocio y actividades se refieran a la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos y/o científicos, que posibiliten el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el mercado, siempre que sus gastos e inversiones en I+D representen al menos un 15% del total de sus costes de explotación en, al menos, uno de los tres últimos años previos a la concesión de las ayudas, que estén dadas de alta en el IAE al menos 1 año antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

 

  1. c) Línea 3: PYMES de alta intensidad innovadora de más de 5 años y menos de 15 años de antigüedad que desarrollen proyectos de I+D+i de carácter competitivo, orientados al uso y generación de conocimiento comercializable, cuya estrategia de negocio esté claramente orientada al desarrollo de productos, servicios y/o procesos originales o que mejoren sustancialmente los existentes a fin de dar mejor satisfacción a las demandas del mercado y de la sociedad, y que lleven implícito un riesgo o fracaso tecnológico o industrial, siempre que sus gastos e inversiones en I+D representen al menos un 30% del total de sus costes de explotación, en al menos tres de los cinco últimos años previos a la concesión de las ayudas, que estén dadas de alta en el IAE al menos 5 años antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

 

 

El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la comunicación por el beneficiario al órgano instructor de la fecha de inicio de la ejecución del proyecto por el beneficiario, podrá ser de:

 

  1. a) Línea 1: Creación e inicio de actividad de nuevas empresas de base tecnológica (Start up), con menos de 1 año de antigüedad: hasta 12 meses.

 

  1. b) Línea 2: Consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (NEBT´s) con más de 1 año y menos de 5 años de antigüedad: hasta 24 meses.

 

  1. c) Línea 3: PYMES de alta intensidad innovadora de más de 5 años y menos de 15 años de antigüedad: hasta 24 meses.

 

 

Cuantía e intensidad de las ayudas:

 

  1. En ningún caso podrán ser objeto de subvención las actividades a desarrollar por las empresas cuyos gastos subvencionables sean inferiores a:

 

  • 30.000 euros en caso de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 1)
  • 75.000 euros en caso de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 2)
  • 400.000 euros en el caso de pymes de alta intensidad innovadora (Línea 3).

 

  1. La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario y proyecto será, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.3 de las bases reguladoras de estas ayudas, la siguiente:

 

  1. Creación e inicio de actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (empresas de menos de un año de antigüedad): 60.000 euros.

 

  1. Crecimiento de empresas innovadoras de base tecnológica (empresas de más de 1 año de actividad y menos de 5 años de actividad): 125.000 euros.

 

  1. Pymes de alta intensidad innovadora: 250.000 euros.

 

  1. A efectos de respetar los límites máximos establecidos en el artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, la intensidad de las ayudas no podrá exceder de:

 

  1. a) Proyectos de investigación industrial: Hasta un 50 % de los costes subvencionables.
  2. b) Proyectos de desarrollo experimental: Hasta un 25 % de los costes subvencionables.
  3. c) Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de desarrollo experimental: Hasta un 50 % de los costes declarados (costes del estudio).

 

La intensidad máxima de ayuda podrá incrementarse hasta un 80% en determinados proyectos para la investigación industrial y el desarrollo experimental.

 

En ningún caso, para el supuesto de acumulación de los porcentajes expresados en el presente artículo o de estos con el de otras ayudas comunitarias y/o de Estado que pudieran resultar compatibles, se podrán exceder las siguientes intensidades máximas de ayuda:

 

– 80 % en proyectos de investigación industrial.

– 60 % en actividades de desarrollo experimental.

 

 

ANEXO I

ÁREAS Y LÍNEAS PRIORITARIAS DE PROYECTOS PARAEL DESARROLLO DE JÓVENES EMPRESAS INNOVADORAS (Start up) DE BASE TECNOLÓGICA Y PYMES DE ALTA INTESIDAD INNOVADORA

 

ÁREAS PRIORITARIAS

 

ÁREA DE ENERGIA, MEDIO AMBIENTE Y TRANSPORTE (INCLUIDA AERONÁUTICA)

 

  • Tecnologías de uso sostenible, restauración del medio natural y conservación de la biodiversidad
  • Gestión de residuos, vertidos y emisiones: microcontaminantes, contaminantes emergentes, reutilización/eliminación de materias residuales, recuperación de energía.
  • Fuentes de energía renovables y sostenibles
  • Redes eléctricas inteligentes
  • Sistemas de navegación, control de tráfico y seguridad en el transporte
  • Diseño, desarrollo y fabricación de sistemas de propulsión y sistemas auxiliares de vehículos de transporte

 

ÁREA DE NANOCIENCIA, MATERIALES AVANZADOS, TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES Y DEL ESPACIO:

 

  • Nanociencias y materiales avanzados y fotónica
  • Tecnología y Conservación del patrimonio
  • Desarrollo de instrumentación, microsistemas y sensores
  • Tecnologías Industriales y robóticas aplicada
  • Tecnologías de acceso al espacio y demostración en órbita para pequeñas cargas de pago
  • Técnicas, equipamiento, instrumentación avanzada, sistemas a bordo, monitorización de satélites, etc.
  • Desarrollo de aplicaciones basadas en información de satélites
  • Investigación científica del espacio exterio

 

ÁREA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES Y SERVICIOS DE ALTO VALOR AÑADIDO

 

  • Desarrollo de aplicaciones y contenidos
  • Infraestructuras, redes y sistemas de comunicaciones avanzados
  • Sistemas de computación y procesado de la información
  • Modelización y simulación aplicada
  • Seguridad en software, redes y sistemas de información
  • Equipamiento (electrónica de consumo y profesional) y microelect

 

ÁREA DE BIOTECNOLOGÍA, AGUA, AGROALIMENTACIÓN Y BIOMEDICINA

 

  • Biotecnología aplicada
  • Gestión, calidad del agua y sistemas de producción agrícola y ganadera
  • Tecnologías avanzadas para la producción de alimentos funcionales, mejora de la calidad y seguridad alimentaria
  • Ingeniería biomédica, instrumentación y tecnologías de la información y de las comunicaciones en biomedicina
  • Farmacología, química médica y terapias avanzadas
  • Fisiopatología, interactoma y comunicación molecular y celular
  • Investigación clínica y traslacional
  • Transferencia y modificación genética
  • Desarrollo de nuevos métodos de detección, genómicos, proteómicos, metabolómicos y bioinformáticos.
  • Inmunoterapia